La Justicia suspendió por seis meses el decreto de Javier Milei que disuelve Vialidad Nacional

La jueza Martina Forns hizo lugar parcialmente a la cautelar del Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional Casa Central de la provincia de Buenos Aires (SEVINA), y ordenó al Poder Ejecutivo que se abstenga de “ejecutar cualquier acto administrativo, que derive” del decreto 461/2025 del 8 de julio pasado.

jueves, 17 de julio de 2025 - 6:09

La jueza Martina Forns, a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, suspendió por seis meses cualquier acto administrativo relacionado con la disolución de Vialidad Nacional, ordenada por el presidente Javier Milei mediante el decreto 461/2025 del 8 de julio pasado.

A pedido del Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA), la magistrada hizo lugar a una medida cautelar presentada por uno de los seis gremios que representan a los más de cinco mil trabajadores de la entidad.

En la resolución de nueve páginas, se advierte sobre el peligro que implicaba la aplicación del decreto, ya que podría provocar “traslados forzosos, desvinculaciones encubiertas o vaciamientos funcionales” en un organismo técnico que requiere autonomía para cumplir su rol. Ante el riesgo de un daño inminente e irreparable, Forns decidió aceptar la medida cautelar, advirtiendo que “existe un peligro cierto de un daño que puede derivar en un perjuicio efectivo”.

Según la magistrada, el artículo 32 condiciona la estabilidad del personal a futuras decisiones administrativas, infringiendo convenios colectivos y normas constitucionales. Además, sostuvo que la Constitución y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “impiden al Estado alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”.

Al analizar el decreto, Forns afirmó que “vulnera de forma manifiesta el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales”, al sacarlos del ámbito de protección de los convenios colectivos y al interferir en temas que deben resolverse mediante negociación y regímenes estatutarios.

Todavía no se pronunció sobre la nulidad e inconstitucionalidad del decreto 461, ya que la jueza consideró que requiere un “estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba”.

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