La calificación definitiva es la de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser ascendiente de la víctima en la modalidad de delito continuado conforme a los artículos 119, 3er y 4to párrafo inciso b del código penal en el marco de violencia de género previsto en la Ley XV número 12, ley nacional 26485 de protección integral a las mujeres y la convención sobre toda forma de discriminación a las mujeres y la convención internacional americna para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
viernes, 25 de febrero de 2022 - 3:29Una audiencia donde se revisó la prisión preventiva tuvo lugar esta mañana en sala de oficina judicial donde participaron la Jueza Yamila Flores y el Juez Marcelo Orlando, ambos en forma virtual, y en la que se tuvo en cuenta la situación de una persona acusada por un grave hecho de abuso sexual en perjuicio de su hija menor de edad y se encuentra bajo la medida de prisión preventiva desde el 4 de marzo de 2021.
De acuerdo a lo informado por la fiscal general Griselda Encina, en esa fecha se realizó la audiencia de control donde se le efectuó la imputación respectiva, que fue revisada a los dos meses, el 4 de mayo de 2021, en que se impuso la medida de coerción hasta la audiencia preliminar. Justamente esta audiencia se efectuó el 27 de agosto del año pasado y el Juez Gustavo Castro resolvió la elevación a juicio y el mantenimiento de la prisión hasta la realización del mismo
La calificación definitiva es la de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser ascendiente de la víctima en la modalidad de delito continuado conforme a los artículos 119, 3er y 4to párrafo inciso b del código penal en el marco de violencia de género previsto en la Ley XV número 12, ley nacional 26485 de protección integral a las mujeres y la convención sobre toda forma de discriminación a las mujeres y la convención internacional americna para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
En esta oportunidad la Jueza Yamila Flores y el Juez Marcelo Orlando revisaron la situación del acusado al cumplirse los seis meses y resolvieron luego de escuchar los argumentos fiscales y la defensa ejercida por Romina Rowlands, además del alegato efectuado por el asesor de menores Pablo Rey.
Tras evaluar lo expresado por las partes los magistrados decidieron por unanimidad el mantenimiento de la prisión preventiva hasta la realización del juicio, entendiendo que no se produjeron hechos nuevos que pudieran conmover los riesgos existentes de fuga y entorpecimiento y teniendo en cuenta antecedentes condenatorios comunicados por la fiscalía. Destacaron la gravedad del hecho y la expectativa de pena que va de ocho a 20 años de prisión y rechazaron la posibilidad de cautelar los riesgos con un arresto domiciliario, de acuerdo a la propuesta defensiva.