Será por 6 meses o hasta que la sentencia quede firme, por el peligro de fuga existente.
viernes, 24 de abril de 2026 - 8:39
La mañana del presente viernes se había programado una audiencia, obligatoria cada 6 meses, de control de la prisión preventiva en relación a una causa de abuso sexual que tiene como condenado a M. J. Ch.. El defensor presentó un escrito solicitando se prescinda de la misma en virtud que no tiene elementos nuevos para solicitar una morigeración de la medida de coerción; por su parte la representante de fiscalía prestó conformidad para que se prorrogue la preventiva de M. J. Ch. por 6 meses o hasta que sea resuelto el recurso de queja de la defensa ante el Superior Tribunal de Justicia provincial.
Finalmente, los jueces resolvieron mantener la prisión preventiva que cumple el imputado M. J. Ch. por 6 meses o hasta que la sentencia quede firme, por el peligro de fuga existente.
La audiencia fue resuelta por escrito por los jueces penales Lilian Borquez y Ariel Tedesco; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Azul Romero, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de M. J. Ch. fue ejercida por Mauro Fonteñez, abogado particular del mismo.
Causa con doble conforme:
Cabe recordar que M. J. Ch. fue condenado luego de un juicio por jurados a la pena de 10 años de prisión luego de ser declarado culpable del delito de “abuso sexual simple agravado por ser cometido aprovechando la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, al menos dos hechos en concurso real, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido aprovechando la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, al menos cuatro hechos en concurso real”.
Luego la defensa planteó la impugnación de dicha condena ante la Cámara en lo Penal local, solicitando la nulidad del juicio y, de manera subsidiaria, una reducción de la pena de 10 a 8 años de prisión. En contraposición, la fiscal María Laura Blanco requirió que la sentencia condenatoria sea confirmada en todos sus términos. Los jueces de Cámara rechazaron la impugnación postulada por la defensa y confirmaron en todos sus términos la sentencia condenatoria de primer grado, estableciéndose así lo que se conoce como el doble conforme.