Tres años después del choque frontal, el dueño del hotel Rayentray fue considerado responsable de homicidio culposo agravado. La pena se conocerá el martes 8.
sábado, 5 de abril de 2025 - 4:20El próximo martes tendrá lugar la audiencia de cesura de pena donde las partes discutirán los años de prisión para el empresario hotelero Walter March, condenado por homicidio culposo agravado por conducción imprudente y cantidad de víctimas: 4.
El empresario y su abogado defensor, Fabián Gabalachis, siguieron la audiencia de este viernes vía remota, al igual que una parte de los familiares de las víctimas que estuvieron en Caleta Olivia.
La fiscalía estuvo representada por Juan Pablo Santos, acompañados por una parte de la familia que arribó a Puerto Madryn un par de horas antes del inicio de la audiencia.
La lectura del veredicto se demoró unos minutos ante la imposibilidad de escuchar a March. El veredicto fue una síntesis de los fundamentos utilizados por la jueza para llegar a la culpabilidad del empresario.
EXCESO DE VELOCIDAD
La jueza Stella Eizmendi encontró culpable a March por “homicidio agravado por el número de víctimas y por la conducción con exceso de velocidad por el hecho acontecido el día 10 de febrero del año 2022”. El accidente sucedió sobre ruta 3, entre Trelew y Puerto Madryn. Perdieron la vida Enrique García, su hermana Eva García, y las hijas del hombre: Aitana y Alma García. Todos viajaban en un VW Gol Trend desde Caleta Olivia hasta la ciudad del Golfo.
La jueza puntualizó en la señalización existente sobre la ruta y de los desvíos que estaban identificados para los conductores.
La defensa objetaba la luminosidad del vehículo en que viajaban los integrantes de la familia. Al respecto, la jueza remitió a la declaración de un testigo que aseguró que el Gol Trend llevaba las luces encendidas, aunque tenues.
Con relación al punto donde se produjo el impacto, la magistrada consideró que esa discusión no era “determinante” como para cambiar el sentido de la muerte de las cuatro personas.
Eizmendi recalcó que tras considerar las declaraciones y las pruebas “el imputado violó el deber de cuidado y violó las señalizaciones de tránsito”.
El fallo advirtió sobre el exceso de velocidad de la camioneta que conducía March en “al menos 30 kilómetros”.