Paro Petrolero: El Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria

La primera audiencia se desarrollará el 10 de febrero a las 14hs.

lunes, 7 de febrero de 2022 - 1:30

El Ministerio de Trabajo de la Nación dictó conciliación obligatoria en el conflicto con los sindicatos petroleros y la primera audiencia se desarrollará el 10 de febrero a las 14hs.

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES y REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1º.- Encuadrar en el marco de la Ley N° 14.786, a partir de las 12.30 horas del día 7 de febrero de 2022, el conflicto identificado en los considerandos de la presente, suscitado entre el SINDICATO DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE RÍO NEGRO, NEUQUÉN Y LA PAMPA, el SINDICATO DE PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUEN, RIO NEGRO y LA PAMPA, el SINDICATO DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT, el SINDICATO DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL, el SINDICATO PETROLERO Y GAS PRIVADO DE SANTA CRUZ, la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, el SINDICATO DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DEL PETRÓLEO, GAS PRIVADO Y QUÍMICO DE CUYO Y LA RIOJA, y el SINDICATO DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE SALTA, JUJUY Y FORMOSA, y las CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS (CEPH) y CAMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES (CEOPE).

ARTICULO 2º.- Dar por iniciado un período de conciliación obligatoria por el término de QUINCE (15) días, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11° de la normativa preindicada, debiendo retrotraerse la situación a la existente con anterioridad al inicio del conflicto y por el plazo de duración del presente procedimiento conciliatorio.

ARTICULO 3°. – Intimar a las sindicatos y la federación mencionadas y, por su intermedio, a los trabajadores y sindicatos por ellos representados, a dejar sin efecto, durante el período indicado en el artículo anterior, toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual.

ARTICULO 4°.- Intimar a las Cámaras mencionadas y por intermedio a las empresas por ellas representadas, durante el período y con los alcances dispuestos en el Artículo 2°, a abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por la organización sindical y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado, así como también a otorgar tareas en forma normal y habitual a su personal, respetando las disposiciones previstas en el DECNU-2020-260-APN- PTE, en el DECNU-2021-678-APN-PTE, sus prórrogas, modificaciones y demás normas concordantes y complementarias.

ARTÍCULO 5°. – Las intimaciones efectuadas en los Artículos 3° y 4º de la presente Disposición, se formulan bajo apercibimiento de aplicar las sanciones contempladas en el ANEXO II de la Ley 25.212, de acuerdo a sus previsiones en cuanto a la tipificación de figuras punibles, criterios de graduación de las sanciones a imponer y aplicación solidaria a todos los representantes que les cupiera. Ello sin perjuicio de iniciar los procedimientos previstos en el Artículo 56° de la Ley Nº 23.551, respecto de la entidad sindical.

ARTÍCULO 6°. – Exhortar a las partes en conflicto a mantener la mejor predisposición y apertura para negociar los temas sobre los cuales mantienen diferencias y contribuir, de esa manera, a la paz social y a mejorar el marco de las relaciones laborales en el seno de la empresa involucrada.

ARTICULO 7°. – Convocar a las partes a una audiencia, en el marco del presente conflicto, para el día 10 de febrero de 2022, a las 14 horas, a celebrarse en Callao 114, 3 piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la que podrán concurrir un máximo de 2 representantes por cada Sindicato y por cada Cámara.

ARTICULO 8°. – Notificar a las partes individualizadas con habilitación de días y horas inhábiles.

A las 16 horas se llevará a cabo un plenario en petroleros privados y seguramente en dicho encuentro se resolverá levantar el paro desde las 18hs, informaron fuentes del sindicato a MILPATAGONIAS. 

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