Terminó el “Compre sin IVA” y hay incertidumbre sobre su continuidad

El programa que permitía a millones de trabajadores percibir hasta 18 mil pesos mensuales en concepto de devolución del IVA tenía vigencia hasta el 31 de diciembre.

martes, 2 de enero de 2024 - 11:41

El 31 de diciembre pasado dejó de regir el Programa Compre sin IVA que beneficiaba a millones de argentinos con la devolución de ese tributo en adquisiciones de productos de la canasta básica. En medio de un contexto de aceleración inflacionaria, la decisión del gobierno de Javier Milei de no reeditarlo supone un nuevo golpe al bolsillo de los trabajadores.

El programa había sido lanzado en septiembre pasado por iniciativa del entonces ministro de Economía Sergio Massa. Si bien se extendía hasta el último día del 2023, el gobierno del Frente de Todos también había presentado un proyecto de ley para que la medida quedara establecida de manera definitiva.

En octubre, el proyecto obtuvo media sanción en diputados y ahora debe ser tratado por el Senado, pero con el cambio de gobierno las expectativas de que puedan ser tratadas son pocas.

En el controvertido Decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por el Presidente no se hace mención al programa Compre sin IVA y fuentes del gobierno descartaron su continuidad, por lo tanto, millones de argentinos perdieron a partir de este lunes el beneficio de hacer las compras y recibir la devolución del IVA.

A QUIÉNES BENEFICIABA EL COMPRE SIN IVA

El programa Compre Sin Iva beneficiaba a:

  • Trabajadores informales que cobraron el Refuerzo o IFE de Anses, también acceden a la devolución del IVA estos grupos:
  • Jubilados, pensionados o titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) que no excedan de 6 haberes mínimos.
  • Titulares de la asignación universal por hijo (AUH), hasta 6 haberes mínimos.
  • Titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
  • Trabajadores en relación de dependencia, con un ingreso mensual de hasta 6 Salarios Mínimos Vital y móvil (SMVM). En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
  • Trabajadores o trabajadoras de casas particulares.
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