HECHA LA LEY, ECHA LA LEY

Ante la falta de presupuesto buenos son los chivos expiatorios. Un nuevo intento de modificación de la Ley Nacional de Salud Mental.

sábado, 4 de junio de 2022 - 9:23

Por Sebastián Núñez

En estos días concurrimos, como espectadores, a una nueva embestida en contra de la Ley Nacional de Salud Mental 25667, una ley con algo más de 12 años de promulgada pero con apenas nueve años de reglamentada y puesta en práctica. Cabe acá mencionar que su implementación está lejos de ser plena, por lo cual su práctica es solamente parcial, y su falta de implementación se debe a que los presupuestos establecidos en la misma están muy lejos de ejecutarse.
La LNSM es una ley que la mayoría de las personas desconoce, como desconoce las implicancias hacia su propia persona, lo que le podría pasar si el día de mañana tuviera una situación grave sobre la salud mental, y las prácticas o las modalidades de abordajes que le puedan tocar a sí misma. Porque con la salud mental pasa esto, pareciera que es algo ajeno a nosotros. Es como si fuera una ley hecha para los locos, y a nosotros casi nunca nos cabe la locura.
“Yo no estoy loco, y nunca podré estar loco” creemos desconociendo las propias limitaciones, de aquello que implica verdaderamente una urgencia el ámbito de la salud mental. Alejándola demasiado de lo que sería la locura, somos partícipes en calidad espectadores sobre prácticas de las que poco se sabe, pero mucho se opina.

Desde ese desconocimiento se formulan varias afirmaciones, muchas de las cuales no están presentes en la ley; y otras tantas que son contrarias a la ley de salud mental.

Nuestra época y esa insistencia, que aparece de los medios, en solucionar o en proclamar que la única solución posible, a los problemas que nos acucian, está en la eliminación de derechos. Es así por ejemplo que la única posibilidad de generar mayor y mejor empleo es modificar la ley de trabajo, y fundamentalmente modificarla en pos de eliminar derechos laborales, muchos de ellos asentados en nuestra propia constitución. Haciéndolo significar hasta por los propios trabajadores; no como derechos, sino como privilegios. A una estrategia similar nos enfrenta esta puesta en escena crítica de la ley nacional de salud mental; y es que, desde un caso particular, caso que lamentablemente tiene un antecedente de 10 años anteriores a la promulgación de La Ley, y que su imposibilidad de solucionar este caso particular recae la misma ley. Sin comprender nada del caso ni de de las intervenciones profesionales, y siquiera de la posibilidad de contemplar la complejidad del abordaje y del acompañamiento familiar (o de referentes afectivos) que se requiere ante esta situación. No deja de ser paradójico y hasta casi maquiavélico creer que un caso singular, que no encuentra la solución ideal establecida por un otro significativo, recaiga exclusivamente en una ley; la cual, como tal está hecha para la generalidad y no para la particularidad.

Es así como encontramos el testimonio de una madre doliente, este escrito no tiene como fin la crítica de alguien que está hablando desde el dolor y la desesperación, pero tampoco podemos dejar que el dolor se transforme en un chivo expiatorio para justificar acciones y políticas en contra de los DDHH. El dolor puede ser comprendido como ese sentimiento que se impone ante lo que no tiene explicación, ni una garantía de solución.
Pero es desde el dolor; y de la empatía que genera ese dolor puesto en las cámaras, que afirma cosas que pareciera que nadie tiene derecho a refutar, afirma entre otras cosas que “el defensor le puede dar el alta a su hijo” cosa que claramente no es así. O que el artículo 20 de la ley dice que no se puede internar alguien en forma involuntaria. Cuando dicho artículo específicamente habla de las condiciones para internar a alguien, cuando no manifiesta su voluntad de ser internado, por parte del equipo intervinientes al establecer un riesgo cierto e inminente. Otra de las afirmaciones que realizaba era por ejemplo que esta problemática que atravesaba su hijo tenía que ver con que la policía no podía ingresar una vivienda sin una orden de allanamiento. Quiere decir entonces que para trabajar todos los casos de un consumo problemático o todo lo que no se puede hacer en un caso de adicción grave como podría tratarse este caso, es porque la policía no cuenta con la potestad de ingresar una vivienda cuando ellos consideren necesario y no como establece nuestra legislación. Pero este problema no está en un caso complejo, en un caso difícil, o en caso hasta que quizás no tenga una resolución sea bajo la ley que sea. Sino que el problema de fondo está en hacernos creer que en aras de la libertad, paradójicamente, muchos que proclaman la libertad absoluta frente al otro y frente al Estado, son los primeros en enarbolar que los casos graves salud mental se solucionan restringiendo, de manera arbitraria en manos de unos pocos que detentan ese poder, la libertad de las personas como si la ley no debiera estar para protegernos y cuidarnos brindarnos derecho, sino que debería ser una ley que ampare la tiranía de unos pocos. Paradójicamente esas Leyes tiránicas que están solo para amparar a las gentes “rubias, de ojos azules, blancas y portadoras de pene”. Creyendo que todos somos así, no podemos ver nuestra propia vulnerabilidad ante estos defensores de cercenar derechos como prácticas de salud.

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