Solicitan la anulación del sumario contra Mariel Suárez: “Está basado en prueba ilícita y prejuicios sociales”

“Tanto la sumariante como el Superior Tribunal de Justicia me han negado la producción de prueba”, expresa el escrito presentado por Gladys Olavarría, ex jueza penal de Comodoro Rivadavia

jueves, 21 de abril de 2022 - 3:50

La letrada Gladys Olavarría presentó un recurso para anular el sumario realizado por la jueza Flavia Trincheri, a quien había recusado por falta de imparcialidad. La defensa sostuvo que el video capturado por el guardia penitenciario que exponía cierto comportamiento cuestionable entre la jueza Mariel Suárez y el condenado por homicidio Cristian Bustos, es una prueba ilegal considerando que atenta contra la privacidad del preso.

“La principal afectación que se denuncia es que se han desoído todos y cada uno de los planteos, no sólo los de tipo recusatorios, sino también aquellos relacionados con el derecho a ofrecer prueba, ya que si bien hemos excedido el número de testigos ofrecidos, en ese sentido el cercenamiento fue tal que sólo se nos permitió ofrecer un solo testigo y no el máximo número permitido por el ordenamiento administrativo”, sostiene la presentación de la defensora.

“Tanto la sumariante como el Superior Tribunal de Justicia me han negado la producción de prueba”, expresa el escrito presentado por Gladys Olavarría, ex jueza penal de Comodoro Rivadavia. Y agrega, “está basado en prueba ilícita y prejuicios sociales de rancia tradición que no se ajustan al moderno concepto de ‘decoro’ y que nuestra sociedad arrastra, bajo la necesidad vana de inmolar a alguien para justificar sus propios sesgos. Sin duda que este proceder afectó severamente los derechos y garantías constitucionales que amparan a la magistrada sumariada”.

Continuando con el descargo, Gladys Olavarría agrega, “resulta llamativa la celeridad con la que cerró la investigación del caso, lo que claramente demostró la falta de imparcialidad. (…) Parece claro que la instructora ya tenía confeccionada la resolución de formulación de cargo previa a la realización de la inspección ocular, y al momento de que nos notificara que pasó a resolver, sin aún poner a disposición de esta parte la inspección ocular”.

El recurso a su vez menciona que, “las ‘conductas no habituales’ no constituyen delito en modo alguno y menos una infracción disciplinaria. Al decir de la instructora, no se le puede permitir a una juez sentarse en el piso con un detenido, es reprochable tal conducta, no puede ser permitida, porque ella no soporta tal actitud, pero no apela a ninguna norma jurídica ni ética que realmente sostenga esto que ella reprocha. Se basa en argumentos abstractos y prejuicios morales”.

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