Los delitos por los que fue declarado culpable, fueron calificados como abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por haber sido cometidos por un ministro de culto y en un contexto de violencia de género.
lunes, 23 de febrero de 2026 - 3:10
Tras la condena impuesta por el Juez Fabio Monti luego del desarrollo de un juicio por jurados y la confirmación de la misma por parte de la cámara penal de Trelew, el Superior Tribunal emitió resolución luego que el caso llegara a este organismo remitido por la cámara en lo penal en razón que fue fijada una pena mayor a los diez años de prisión, según normas vigentes en el código procesal penal. El caso involucra a un pastor de una iglesia evangélica encontrado culpable de abuso y a quien se lo sentenció a catorce años de prisión.
El condenado fue declarado culpable por un jurado popular por delitos en que resultó víctima una menor y posteriormente la cámara penal de Trelew integrada por los doctores Alejandro Defranco, César Zaratiegui y Adrián Barrios emitió su fallo tras la impugnación presentada por la defensa el 31 de julio de 2025 y confirmó la sentencia de mérito en orden a los delitos por los cuales fuera sometido a juicio. Luego, elevó las actuaciones a los fines del trámite de la consulta.
Durante el debate oral, desarrollado en la sede de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales, el jurado evaluó las pruebas testimoniales y documentales que acreditaron los abusos cometidos por el imputado entre marzo y noviembre de 2022, aprovechando su condición de ministro de culto. La víctima, por entonces de 14 años, asistía a una iglesia evangélica del sur de Trelew.
Los delitos por los que fue declarado culpable, fueron calificados como abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por haber sido cometidos por un ministro de culto y en un contexto de violencia de género, en concurso real. El marco legal contemplado incluyó los artículos 119, 45 y 55 del Código Penal, además de las normativas de la Ley 26.485 y la Convención de Belém do Pará.
Tras la deliberación correspondiente los miembros del Superior Tribunal doctores Camila Lucía Banfi Saavedra, Mario Vivas, Andrés Giacomone y Silvia Bustos dejaron expresado en la resolución sus evaluaciones y votos favorables para determinar la confirmación de la condena dictada para el cumplimiento de catorce años de prisión según el registro digital 1479/2025.
La investigación y acusación respectivas estuvieron a cargo del equipo especializado en violencia de género del Ministerio Público Fiscal de Trelew, conformado por la fiscal Silvia Pereira, la fiscal general Claudia Ibáñez y la funcionaria de fiscalía Rocío Lorenzo, junto a Melina Da Graca y el licenciado Esteban Pruzzo.