En el artículo segundo de la elevación queda establecido “excluir de la adhesión las actividades mineras prohibidas por la Ley XVII Nº 68 (5.001)”
martes, 6 de agosto de 2024 - 7:43El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, elevó a la Legislatura el pedido de adhesión al RIGI, dejando afuera la posibilidad de que se habilite el avance de la minería, vulnerando la Ley 5.001, que lo prohibe expresamente.
En su primer artículo resolutivo el proyecto propone “Adherir al “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)” que establece la Ley Nacional Nº 27.742, en su Titulo VII, Capitulo 1, articulos del 164 a 228, inclusive”.
Mientras que en el segundo dispone lo anticipado:”Excluir de la adhesión dispuesta en el artículo 1º las actividades mineras prohibidas por la Ley XVII Nº 68 (Ley 5.001)”.
En la elevación del proyecto a la Legislatura, el gobernador argumenta que la trascendencia y dimensión de las inversiones privadas en juego quedan de manifiesto en la competencia que se ha desatado entre las provincias de Río Negro y Buenos Aires para la instalación de una planta de licuefacción de gas natural para exportar ese hidrocarburo a todo el mundo.
En cuanto a la aplicación de la normativa dispone que “el Ministerio de Producción o el organismo que institucionalmente lo reemplace, será la autoridad de aplicación en todo lo atinente a las competencias correspondientes a la Provincia del Chubut para la aplicación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)”.
Por último se invita a los municipios a adherir al régimen. En Trelew y Rawson ya hubo concejales que presentaron proyectos de adhesión, mientras que en Comodoro se expresó el edil de Arriba Chubut, Ezequiel Cufré. En principio solicitando que la provincia adhiera al mismo, entendiendo que probablemente sea quien eleve un proyecto de similares características en el Concejo Deliberante de Comodoro o apoye el que elabore el bloque Despierta Comodoro.
Fundamentos del pedido de adhesión
La elevación del proyecto está rubricada por el gobernador Ignacio Torres, mientras que los fundamentos están firmados por el ministro de Gobierno Victoriano Eriso Parodi.
Sostiene que “el Régimen en cuestión, constituye un mecanismo para promover inversiones del sector privado de gran escala en sectores estratégicos de la economía, con la finalidad de revertir la falta de crecimiento y desarrollo de nuestro pais”.
Explica que “el ingreso per cápita de la Argentina lleva años de estancamiento y uno de los principales factores que ha provocado ese resultado está dado por la falta de inversión privada”.
“A diferencia de los paises vecinos, la Argentina ha venido perdiendo densidad empresarial y ello ha repercutido en una dificultad creciente para crear empleo en el sector privado. Está claro que sin inversiones privadas en la economía real y sin empresas no será posible crear puestos de trabajo de calidad y buena remuneración”, argumenta Parodi.
“No podemos seguir un camino en cual el PBI no crece en la misma proporción que la población y en el cual la única respuesta de la dirigencia política ha sido hasta acá multiplicar de modo exponencial el empleo público y los programas de asistencia social”, explica el ministro de Gobierno.
Por eso “debemos apostar al desarrollo y para ello hay que facilitar las inversiones privadas tal como lo viene haciendo este Gobierno provincial con las iniciativas de promoción de las inversiones turisticas y de la industria naval”.
Asegura que “solo asi podrá respetarse la dignidad de las personas que quieren incorporarse al mercado de trabajo para forjar su propio destino sin depender de ningún tipo de favor politico”.
“Y con ello revertir los escandalosos e inaceptables indicadores de pobreza que hoy existen en nuestro país y que dan lugar a una situación inexplicable para un pais con el potencial y la historia de la Argentina”.
El ministro Parodi explica que “el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones se presenta como una herramienta que va en el mismo sentido que propicia este gobierno Provincial, en este caso para las inversiones de gran escala en sectores estratégicos, en muchos de los cuales la Provincia del Chubut tiene ventajas comparativas y competitivas indiscutibles, tal el caso del petróleo, gas, energia, forestoindustria, turismo e infraestructura”.
También deja en claro “la necesidad de tratar la adhesión a la que invita el artículo 224 de la ley Nacional N°27.742 no puede ser postergada ya que el régimen tiene un plazo de vigencia acotado a dos años contados a partir de su entrada en vigencia”.