Según el magistrado de Campana, el municipio de Pilar, que presentó el recurso de amparo, tiene un convenio con Edenor para cobrar las tasas municipales y autonomía municipal.
miércoles, 18 de septiembre de 2024 - 5:32La Justicia Federal de Campana suspendió una resolución del Gobierno que impedía a los municipios cobrar tasas en las facturas de servicios públicos, luego de hacer lugar al pedido del municipio de Pilar, provincia de Buenos Aires. El fallo, emitido por el juez Adrián González Charvay, deja sin efecto la Resolución 267/2024, que había sido promulgada por la Secretaría de Comercio e Industria para prohibir la inclusión de tasas municipales en las facturas de servicios como energía eléctrica y gas natural.
De acuerdo a datos de la agencia Noticias Argentinas, el fallo judicial tiene un impacto directo en Pilar, ya que el municipio argumentó que la Ley Provincial N° 10.740 y un convenio con EDENOR le permitían recaudar tributos municipales a través de las facturas de la empresa de energía. Además, se respaldó en normativas provinciales sobre energía eléctrica y en la competencia del Organismo de Control de Energía Eléctrica de Buenos Aires (OCEBA).
Otros municipios plantearon la inconstitucionalidad de la norma por avanzar sobre las autonomías municipales, caso Comodoro Rivadavia.
El juez González Charvay decidió «hacer lugar a la medida cautelar» presentada por el municipio y ordenó la suspensión temporal de los efectos de la Resolución 267/2024 en Pilar, mientras se resuelve de forma definitiva la cuestión de fondo. Además, el Ministerio de Economía y la Secretaría de Industria y Comercio deberán presentar un informe en un plazo de tres días.
Esta suspensión genera dudas sobre si el fallo podría tener repercusiones en otros municipios que también aplican tasas locales en las facturas de servicios públicos, o si se trata de una excepción puntual para Pilar.
La polémica resolución de Luis Caputo
La Resolución 267/2024, emitida por el Gobierno, había sido impulsada por el ministro de Economía, Luis Caputo, quien anunció la prohibición de incluir tasas municipales en las facturas de servicios esenciales como luz y gas. La medida fue justificada por denuncias sobre la inclusión de cargos que no estaban relacionados directamente con el servicio prestado, lo que incrementaba el costo final para los usuarios.
Caputo explicó que las facturas de servicios esenciales debían contener únicamente la descripción y el precio del servicio contratado por el consumidor, sin cargos adicionales. La intención era evitar que las comunas utilizaran las facturas de luz o gas para recaudar tributos locales, lo que generaba molestias en los usuarios.
Por ahora, la situación en Pilar abre la puerta a futuros conflictos entre el Gobierno nacional y los municipios que se vean afectados por esta normativa. Mientras tanto, la Justicia tendrá que definir si la medida es aplicable en todo el territorio nacional o si los municipios, como Pilar, podrán seguir cobrando sus tasas a través de las facturas de servicios públicos.
Fuente: Noticias Argentinas