Violación grupal en Playa Unión: “La sentencia no tiene perspectiva de género”

Así lo manifestó en el programa NSLM de LaCienPuntoUno la abogada Alejandra Tolosa, representante en la provincia de CLADEM, organización que realizó una presentación por la absolución de los tres imputados del caso de la violación grupal en Playa Unión.

miércoles, 4 de mayo de 2022 - 12:22

La abogada Alejandra Tolosa es la representante en Chubut de CLADEM (Comité de Latinoamérica y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer), organización que hizo una presentación por la sentencia de absolución en primera instancia a los imputados de la causa por la violación grupal en ese entonces a una menor en una fiesta en Playa Unión.

Desde CLADEM hace unos días se presentaron ante el Superior Tribunal de Justicia como amicus curiae (amigo de la corte o amigo del tribunal), que es una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión, demanda o exhorto jurídico vinculante frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso.

“Hemos hecho la presentación y todavía el expediente no llegó al Superior, estimo que en estos días tendremos el proveído si nos aceptan o no. Esperamos que tengan en cuenta nuestros argumentos. Esta presentación es bajo la figura del amicus curiae, es una figura bastante nueva que permite a organizaciones acercar al tribunal algunos argumentos que tienen que ver con el caso en particular y con fundamentos de orden público que hacen que el tema sea de interés público y no particular”, inició Tolosa.

Y añadió que “en esta caso entendemos que el Estado podría tener responsabilidad internacional, aquí no se cumple con las obligaciones de debida diligencia a la que está obligado el Estado. Claramente la sentencia no tiene perspectiva de género, y esto no tiene que ver con desmedro de garantías constitucionales de los imputados. Una sentencia y una condena o absolución puede tener perspectiva de género y en este caso no la tiene”.

La Doctora Tolosa explicó que “los casos de violencia sexual de este tipo suelen darse a escondidas de otra gente, por eso es tan importante la declaración de la víctima. Pero hubiera sido en vano porque ella no se acuerda de nada. Se pone el foco en que hubiera sido fundamental escuchar a la víctima, pero no se acordaba de nada. Otro tema es el uso de estereotipos discriminatorios. Las juezas han incumplido en todas sus formas, descalificando testimonios”.

“Se desestimaron testimonios de las amigas, se puso a la víctima en un lugar de la mujer que exagera, se valoró mal el concepto de consentimiento. El silencio no puede ser inferido como consentimiento”, concluyó la abogada de CLADEM.

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